El Gobierno bonaerense repartirá $250.000 millones como ayuda financiera a los municipios

El Gobernador Kicillof reglamentó ayer el Fondo de Emergencia y Fortalecimiento de la Inversión Municipal, que destinará este monto a los municipios a través de tres programas.
07/04/2026 Redacción

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires reglamentó el funcionamiento del Fondo de Emergencia y Fortalecimiento de la Inversión Municipal (FEFIM), creado por ley, y estableció cómo se distribuirán y utilizarán los recursos destinados a los municipios. La medida, instrumentada a través del Decreto 358/26, define tanto el origen de los fondos como las condiciones de acceso y ejecución.

El esquema fija que el fondo se integra con el equivalente al 8% de los recursos que la Provincia obtenga mediante operaciones de endeudamiento. A su vez, establece un piso garantizado de 250 mil millones de pesos para los ejercicios 2026 y 2027, con el objetivo de asegurar el flujo de financiamiento hacia los distritos aun cuando la recaudación por deuda resulte inferior.

En cuanto a la distribución, el decreto determina que el 70% de los recursos se transferirá directamente a los municipios, aplicando el Coeficiente Único de Distribución (CUD), el mismo criterio que se utiliza para la coparticipación provincial. 

 

El 30% restante, en cambio, se canalizará a través de programas específicos impulsados por la Provincia. En este caso, los municipios deberán optar por adherirse a una de las líneas disponibles, que incluyen iniciativas vinculadas al transporte, la infraestructura y la cultura. La normativa establece que cada distrito podrá inscribirse únicamente en uno de estos programas, mediante la presentación de una nota formal.

De este modo, el acceso a esa parte del financiamiento queda sujeto a una decisión administrativa y política de cada intendente, que deberá definir si participa y en qué eje concentrará los recursos.

El decreto también fija los destinos posibles del fondo, que incluyen la regularización de atrasos financieros, la ejecución de obras, y el financiamiento de programas sociales, ambientales o de inversión. En todos los casos, los municipios deberán rendir cuentas sobre el uso de los fondos ante el Honorable Tribunal de Cuentas.

Con esta reglamentación, la Provincia formalizó un mecanismo mixto de asistencia: una porción automática que garantiza recursos a todos los municipios y otra condicionada a la adhesión, que introduce un margen de decisión para los gobiernos locales en función de sus prioridades.

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