El 30% restante, en cambio, se canalizará a través de programas específicos impulsados por la Provincia. En este caso, los municipios deberán optar por adherirse a una de las líneas disponibles, que incluyen iniciativas vinculadas al transporte, la infraestructura y la cultura. La normativa establece que cada distrito podrá inscribirse únicamente en uno de estos programas, mediante la presentación de una nota formal.
De este modo, el acceso a esa parte del financiamiento queda sujeto a una decisión administrativa y política de cada intendente, que deberá definir si participa y en qué eje concentrará los recursos.
El decreto también fija los destinos posibles del fondo, que incluyen la regularización de atrasos financieros, la ejecución de obras, y el financiamiento de programas sociales, ambientales o de inversión. En todos los casos, los municipios deberán rendir cuentas sobre el uso de los fondos ante el Honorable Tribunal de Cuentas.
Con esta reglamentación, la Provincia formalizó un mecanismo mixto de asistencia: una porción automática que garantiza recursos a todos los municipios y otra condicionada a la adhesión, que introduce un margen de decisión para los gobiernos locales en función de sus prioridades.









